El Plan gallego de cartografía e información geográfica es el instrumento básico de la planificación de la producción de la cartografía de la Administración general de la Comunidad Autónoma y de las entidades instrumentales del sector público autonómico, así como del uso y difusión de la información geográfica necesaria para la gestión del territorio de Galicia, y tiene como finalidad garantizar la coherencia y la interoperabilidad de los datos espaciales, favorecer la eficiencia en el gasto público y asegurar la calidad de la producción cartográfica y su utilidad como servicio público.
El Plan gallego de cartografía e información geográfica tiene por objeto la determinación de los objetivos y la coordinación de las actividades cartográficas, la constitución y mejora permanente de la Infraestructura de datos espaciales de Galicia (IDEG) y el aprovechamiento y coordinación de esta información con las políticas públicas sectoriales con proyección territorial.
El Plan gallego de cartografía e información geográfica tiene como ámbito de aplicación todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia y tendrá una vigencia de cuatro años, tendrá carácter indicativo y orientador, y recogerá el siguiente contenido mínimo:
- Justificación y marco normativo.
- Antecedentes y situación de la cartografía en Galicia en el momento de elaboración del plan.
- Análisis de la cartografía oficial disponible y de su nivel de calidad y actualidad.
- Objetivos y necesidades que se pretenden cubrir en materia cartográfica para el período de vigencia del plan, a cuya satisfacción deberán orientarse los proyectos de producción y actualización de la cartografía oficial.
- Las líneas de actuación y actividades cartográficas que se vayan a desarrollar.
- La coordinación y adecuación al Plan cartográfico nacional.
- Recoger los criterios de divulgación y acceso a la información contenidos en la normativa vigente, incluyendo la política de datos aplicable a la difusión y accesibilidad de la cartografía e información geográfica producida al amparo del plan, así como los servicios de información y el sistema de protección de derechos.
- Los criterios orientativos para la elaboración de las normas técnicas de producción de la cartografía oficial de Galicia.
- Definición del catálogo de conjunto de datos geográficos necesarios para el correcto funcionamiento del sistema de información corporativo.
- Las bases generales de actuación para programar, financiar con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma y ejecutar actividades coordinadas en el seno de la Administración general de la Comunidad Autónoma y entidades instrumentales del sector público.
De conformidad con lo previsto en la Disposición adicional segunda del Decreto 14/2017, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la cartografía e información geográfica se deberá redactar un Plan Gallego de cartografía e Información Geográfica (PGCIX) que será aprobado en el plazo de un año desde la entrada en vigor del decreto.
A este respeto, cualquier programa que incluya financiación destinada a la producción cartográfica no podrá contradecir los objetivos del Plan gallego de cartografía e información geográfica, salvo razones de urgencia y sin perjuicio del establecido en el artículo 15.
Este plan procurará convertir la cartografía en un instrumento fundamental para solucionar la falta de información y su coordinación a la hora de obtenerla. Procurará atender a las necesidades de cada departamento y se coordinará con la Administración General del Estado.